1. ¿COMPRASTE UN COCHE ENTRE 2006 y 2013?
Si tu respuesta es afirmativa, puedes reclamar indemnizaciones de hasta más de 2.000 euros de media en el caso de turismos, y hasta 20.000 en el caso de camiones, después de que el Tribunal Supremo haya ratificado las sanciones que impuso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a 21 empresas fabricantes y distribuidores de coches por crear un cártel que autodenominaron como ‘El Club de las marcas‘.
Esta alianza ilegal, por la que la CNMC empezó a aplicar sanciones en 2015, significó para más de 10 millones de particulares y empresas que adquirieron un vehículo entre febrero de 2006 y agosto de 2013 pagar un precio de más por el que ahora pueden reclamar y con intereses.
2. A QUIÉN AFECTA
Afecta a cualquier persona, física o jurídica, que haya comprado un vehículo entre 2006 y 2013 .
Además, afecta a todas las marcas excepto Seat, Audi, Volkswagen y a Mazda. Es decir, afecta a :
Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Land Rover, Lexus, Mazda, Nissan, Opel, Peugeot, Renault, Saab, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota.
Existen ciertos casos que por su complejidad hay que analizar individualmente. Estos pueden ser:
– El caso de MERCEDES-BENZ, MITSUBISHI, PORSCHE o VOLVO. Son marcas que han participado en el cártel de coches, pero no en el CLUB DE LAS MARCAS. Nuestros abogados y peritos tienen que analizar la viabilidad individual de cada reclamación.
– El caso de DACIA, MINI, SMART u otra marca propiedad de alguna afectada por la marca matriz (Renault, BMW, o MERCEDES respectivamente).
– El caso de coches comprados POSTERIORMENTE AL CÁRTEL. Estos casos también merecen una especial atención. Ya que pueden existir sobreprecios por la «inercia» del Cártel. APÚNTATE y lo estudiamos.
– Coches Km0 y SEGUNDA MANO. Igualmente, hay que analizarlos individualmente.
Si tu caso está entre los anteriores, puede ser que también puedas reclamar… y nosotros podemos ayudarte.
3. CUÁNTO DINERO ME PUEDEN DEVOLVER
Se está reclamando en función de la marca y el modelo, pero entre un 10 o 15 por ciento del valor de la factura de compra con intereses legales desde la fecha de compra.
Hablemos con ejemplos: si tu vehículo te costó 25.000 €, probablemente pagaste entre 2.500 y 3.750 € de más por él, pudiendo recuperar ese sobrecoste mas los intereses legales que pueden suponer una cantidad similar.
4. QUE NECESITO PARA RECLAMAR
Para reclamar se necesita:
* Contrato de adquisición del vehículo con el concesionario/distribuidora (leasing, renting, compra-venta)
* Factura de adquisición del vehículo (si se compró) o justificante de pago (transferencia bancaria) o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting.
* Ficha técnica del vehículo o Permiso de circulación del vehículo.
El comprador inicial del coche podría reclamar el sobreprecio sufrido, aunque en el momento de plantearse la demanda, el coche no continuara siendo de su propiedad bien por venta a un 3º o por desaparición del tráfico (desguace). En estos casos, el demandante debería aportar la documentación que acredite esa venta o esa eliminación y el sobreprecio final debería verse minorado por lo que hubiera percibido en esa venta.
Para el proceso de reclamación de una indemnización es necesario probar que se ha visto afectado por las prácticas del cártel de coches. Para ello es necesaria la cuantificación detallada del daño, así como información de las transacciones comerciales llevadas a cabo con el distribuidor comercial o fabricante de coche que haya propiciado la situación.
La cuantificación del daño se realiza mediante la elaboración de un informe pericial económico en el que se registren productos comprados, procesos de adquisición de vehículos, precios finales, potenciales programas de descuentos, interacción con los servicios de postventa…
El objetivo de la pericial económica en estas circunstancias es el de comparar las transacciones realizadas por el reclamante en el momento de su ejecución con las circunstancias que se deberían haber dado en condiciones de libre mercado y siguiendo las pautas marcadas por los códigos de competencia. Esto es, comprobar si se realizó un abuso de poder por parte del cártel de coches y ello supuso un sobrecoste, sobreprecio o cualquier otro daño y perjuicio al individuo afectado.
5. QUE PLAZO TENGO PARA RECLAMAR
Respecto al tiempo para poder reclamar, dependiendo de la marca tendremos entre marzo de 2022 y mayo de 2022.
6. QUE CONSIGO SI RECLAMO CON PARIS PARDEIRO ABOGADOS
Consigues la tranquilidad de haber puesto tu reclamación en manos de abogados expertos en derecho de la competencia que te ayudarán a conseguir el objetivo y te acompañarán en el proceso manteniéndote en todo momento informado de los cambios que afecten al desarrollo de tu demanda.
Con el objeto de facilitar el proceso de reclamación de los afectados, el proceso de peritaje entra dentro de la carta de servicios de PARIS PARDEIRO ABOGADOS.
7. CUANTO VA A COSTARME LA RECLAMACIÓN
Tanto el peritaje como la asesoría legal de abogado y en caso de juicio, la representación por procurador, son gastos que sólo serán abonados en caso de éxito y no tendrás que desembolsar ninguna cantidad por adelantado.
8. CUALES SON LOS PASOS QUE HE DE SEGUIR PARA INICIAR MI RECLAMACIÓN:
- Una vez que nuestros letrados comprueben que es usted uno de los afectados por el cártel de coches, estudiaremos la viabilidad de tu caso gratuitamente.
- Para el estudio de viabilidad necesitará aportarnos los documentos: la factura, el permiso de circulación y la ficha técnica del vehículo.
- De ser viable tu caso, se firma con este Despacho la hoja de encargo profesional para que podamos iniciar la reclamación en tu nombre.
- Elaboración de informe pericial que cuantifique y valore la indemnización a la que tiene derecho.
- Negociación previa a la acción judicial.
- En caso de resultar infructuosa la negociación, interpondremos demanda ante el Juzgado que resolverá por Sentencia la reclamación.
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