RECUPERA LA PLUSVALÍA. Con París Pardeiro Abogados podrás recuperar lo que pagaste injustamente.
El Impuesto municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), comúnmente conocido como Impuesto de Plusvalía Municipal, grava el incremento de valor que experimenta un terreno urbano durante el tiempo que ha estado en poder de quien lo transmite. Hay que pagarlo cada vez que un inmueble se transmite (venta, herencia, donaciones).
No tiene sentido pagar la plusvalía cuando el inmueble ha perdido valor: eso los pensamos todos … y eso lo ratifica ahora el Tribunal Constitucional en dos recientes sentencias: No se puede cobrar plusvalía cuando no hay incremento de valor en los terrenos.
Por eso, si usted presentó autoliquidación del impuesto sin existir incremento de valor del terreno y no han pasado más de cuatro años, puede solicitar que le devuelvan la plusvalía.
Llámanos y te informaremos sin compromiso. El plazo máximo de reclamación es de 4 años.
SOLO COBRAMOS SI TU COBRAS
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